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Decretan suspensión de medición de “horas punta” para apoyar actividad económica, proteger empleo y presupuesto familiar
- El decreto se encuentra en Contraloría y se está a la espera de toma razón para luego ser publicado en el Diario Oficial.
El Ministerio de Energía definió vía decreto suspender la medición de horario de punta y el recargo por energía adicional de invierno, para abril, mayo, agosto y septiembre. Es decir, se mantendrá vigente solo en junio y julio.
La suspensión de las horas punta tiene por objetivo fomentar la actividad económica, proteger el empleo y aportar al cuidado del presupuesto familiar,
El biministro de Energía y Minería, Juan Carlos Jobet, destacó que “Esta medida excepcional -que fue aplicada exitosamente el año pasado- es complementaria con otras que hemos adoptado como Gobierno para dar un impulso concreto a nuestra economía y cuidar el bolsillo de los chilenos”.
Asimismo, el secretario de Estado manifestó que, “A nivel de las Pymes, comercio e industrias, permite compatibilizar mejor los turnos de trabajo con las restricciones de las cuarentas, toques de queda y resguardos sanitarios”. El biministro Jobet resaltó que, a nivel de los hogares, esta decisión permite evitar que el aumento del consumo generado en la pandemia sufra un recargo que impacte la cuenta eléctrica por “límite de invierno”.
¿Qué son las “horas punta”?
Las “Horas Punta” son aquellas en las que el sistema eléctrico presenta sus mayores niveles de consumo. Históricamente, éstas han correspondido al período comprendido entre las 18 a 22 horas, entre abril y septiembre. El control de demanda en horas de punta entrega una señal de precio en períodos de mayor exigencia del sistema, para que los clientes racionalicen su consumo eléctrico.